En España, cada vez es más habitual ver algunos de nuestros vecinos portando velos islámicos (o hiyabs). Según la ciudad o barrio donde se viva, es algo muy cotidiano. Para la mayoría de los ciudadanos españoles previamente establecidos, el Islam es algo novedoso y, por ende, extraño. Y a menudo lo desconocido causa temor (fundado o no). Así que resulta inevitable que esto acabe canalizándose políticamente de alguna forma. Por ejemplo, en Cataluña, ha surgido un partido llamado Plataforma per Catalunya (PxC) que tiene, al parecer, posibilidades de entrar en el Parlament en las próximas elecciones catalanas. Este partido tiene entre sus prioridades la lucha contra la inmigración musulmana. De su programa:
5.2- PxC no se opone a la inmigración, pero sí a la instalación de inmigrantes musulmanes en nuestro país, fenómeno que puede suponer a largo plazo una clara amenaza para nuestra cultura, ya que entendemos que el Islam y en concreto la sharia (ley islámica), comporta elementos ideológicos de rechazo a los Derechos Humanos y, por consiguiente, no podemos tolerar que esta forma reaccionaria de religión y política adquiera preponderancia en nuestra tierra.
5.7- PxC fomentará la repatriación de la población islámica y a tal efecto propondrá las correspondientes reformas legales y constitucionales para retirar la nacionalidad y reducir la presencia islámica en nuestra tierra hasta niveles que el pueblo catalán considere tolerables.
El partido, que tiene cuatro regidores en el Ayuntamiento de Vic, fue uno de los impulsores de una propuesta -frustrada pero secundada por el alcalde- para impedir en la ciudad el empadronamiento de residentes sin papeles. Lo que les impediría el uso de servicios sociales tales como la sanidad o la educación pública.
En este vídeo, el líder de PxC, Josep Anglada dice que “invita a los musulmanes a que se vayan de Europa“.
La corrección política tiende a menudo en estos casos a intentar acallar las voces críticas que puedan agitar el orden social. Sin embargo, según una encuesta de El Periódico de Catalunya, el recelo ciudadano hacia la inmigración es, al parecer, mayoritario. Y sin ir más lejos, legalmente, una parte de la inmigración ya se trata de forma discriminatoria respecto a los ciudadanos autóctonos. Según la Ley de Extranjería, es una infracción grave “encontrarse irregularmente en territorio español”. Y el castigo es la multa o la expulsión de España de estas personas. Además, antes de ser expulsada, la ley contempla que se les pueda privar de su libertad en unas especies de cárceles llamadas Centros de Internamiento, donde pueden estar -según la ley- hasta 60 días, unos dos meses. Las condiciones de estos centros no son demasiado buenas según denuncian algunas personas.
La diferencia fundamental entre Anglada y la Ley de Extranjería es la distinción legal que se hace, más allá de inmigrante europeo y no europeo, entre inmigrante musulmán y no musulmán. Es decir, que mientras la ley vigente trata de forma discriminatoria a unas personas de un determinado origen por razones, en principio, económicas, partidos como el de Anglada discriminan por razones de tipo más cultural, tal y como indica el propio programa.
5.4- PxC fijará las cuotas de procedencia ateniéndose a criterios de proximidad cultural, no geográfica, pero en cualquier caso reducirá el volumen global del flujo [...].
5.3- PxC propone, en cualquier caso, una alternativa a la actual política de inmigración que fije cuotas de procedencia y reduzca a cero el contingente islámico. PxC no permitirá en ningún caso una afluencia incontrolada de extranjeros mientras tengamos la posibilidad de cubrir las necesidades con ciudadanos autóctonos, comunitarios europeos y de los países del este, o en cualquier caso de aquellos de América Latina con los cuales hemos tenido relaciones históricas y a los que hemos aportado nuestra cultura, tradiciones y principios morales cristianos.
3.- Los inmigrantes, para obtener los papeles, deberán superar un examen de conocimientos de la cultura y costumbres catalanas así como demostrar conocimientos del idioma de nuestro país para poder obtener los necesarios permisos para su estancia. Antes de pisar tierra catalana habrán de conocer nuestra lengua, costumbres, cultura y principios legales básicos del estado de derecho. Los aspirantes a entrar habrán de seguir este curso y pasar las pruebas en origen.
Los filtros culturales no son nuevos en Europa y en Cataluña, la coalición conservadora y nacionalista Convergència i Unió (CiU) ha propuesto en varias ocasiones la posibilidad de un carnet por puntos para inmigrantes. Se defiende que el objetivo es la integración, pero cuando se utiliza la palabra integración, se parte del principio de que la parte (el inmigrante) debe asumir el todo (las costumbres culturales mayoritarias de la sociedad que le acoge). Es decir, no se trata una integración mutua sino parcial, tal y como Plataforma explicita.
5.5- Los inmigrantes tienen sus derechos y deberes, pero nunca disfrutarán de más privilegios que el resto de ciudadanos, para no incurrir en la discriminación de los ciudadanos autóctonos. Los inmigrantes se han de adaptar a nuestro modelo de sociedad y no nosotros al suyo. Haremos cumplir las leyes de nuestro país a los inmigrantes, igual, ni más ni menos, que a cualquier otro ciudadano.
Uno de los pilares fundamentales en la integración parcial es el de la lengua. En materia lingüística tampoco son nuevas las leyes que intentan defender lenguas autóctonas frente a movimientos migratorios. Sin ir más lejos, en 1998, con CiU en el Gobierno catalán, se aprobó la aún vigente Ley de Política Lingüística, que obliga a -entre otras cosas- escribir los rótulos de las tiendas en, al menos, catalán, la lengua propia de Cataluña según establece esta misma ley así como el Estatut de 1979. Por lo que podría considerarse un principio de discriminación cultural, aunque muy distante de las tésis defendidas por Anglada. Ya que en el caso de Plataforma se discrimina irreversiblemente por pertenecer a un colectivo, en este caso el musulmán. Y el conocimiento o uso de una lengua es accesible a cualquier persona, independientemente del colectivo al que pertenezca.
Entendemos que el Islam y en concreto la sharia (ley islámica), comporta elementos ideológicos de rechazo a los Derechos Humanos.
Pero resulta evidente que crear una ley específica para la sharia es innecesario, ya que la violación de derechos humanos por parte de cualquier residende español atenta contra la ley fundamental, la Constitución de 1978. Ley que debe ser respetada por todos sin distinción. Por tanto, determinadas prácticas ya están condenadas por la ley y crear leyes específicas estigmatizaría a un colectivo que alberga diferentes sensibilidades y formas de entender la religión.
Podría parecer que el antisemitismo de ayer se ha convertido en la islamofobia de hoy, lo que podría hacer temer una reedición de la noche de los cristales rotos. Sea o no adecuada la comparación, la realidad es que el Islam, o la forma en la que algunas personas lo practican, produce algunas fricciones en la integración mutua entre musulmanes y no musulmanes. No se puede obviar el machismo existente en algunas sociedades musulmanas. Y de forma más general, en Internet son conocidas, por ejemplo, las críticas a las sociedades islámicas de la siria nacionalizada estadounidense Wafa Sultán.
Es verdad que quizás algunos de nuestros vecinos musulmanes proceden de sociedades donde no se respetan fielmente los derechos humanos. La propia sharia es muy difícilmente compatible con la legislación de la mayoría de países occidentales. Sin embargo, la sharia no es la interpretación única del Islam, como -contrariamente a lo que creen algunos musulmanes- la Inquisición o las cruzadas no representan a todo el catolicismo. La integración mutua puede ser una oportunidad para que en Europa pueda desarrollarse un Islam moderno, y sólido, que no sea de ningún modo incompatible con los derechos humanos. Un Islam que además podría llegar a influir en la mejora de derechos de algunas de esas sociedades de origen.
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